YOSPER, SANTO DOMINGO. – El salario de Navidad, también conocido como el “Doble Sueldo”, es la “duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario, sin perjuicio de los usos o prácticas de la empresa”, detalla el Código de Trabajo Dominicano.
Aunque no existe una fórmula exacta para determinar la cantidad, una forma fácil de calcularlo es sumando todos los ingresos que el trabajador ha devengado durante todo el año y luego dividirlo entre 12.
Por ejemplo, si su salario es de $13,000 pesos mensuales y ha trabajado el año entero en la empresa, desde enero hasta diciembre, solo tiene que multiplicar $13 mil por 12 (los meses del año) y luego dividirlo entre 12, resultando $13,000 lo que debe recibir del también llamado “Sueldo 13”.
Si no trabajó todo el año sino menos, por ejemplo ocho meses, recibiendo un salario de $13 mil pesos, solo debe multiplicar $13 mil por 8, que son $104,000, y esta última cantidad la divide entre 12, por lo que su sueldo de Navidad será de $8,667 pesos.
Si tiene un año en la empresa y recibió un aumento, ocurre lo mismo. Debe sumar el total de salario devengado durante el año y dividirlo entre 12, y el resultado será lo que la compañía tendrá que darle de doble sueldo.
La regalía, como también se le llama, es un derecho que los trabajadores formales adquieren de forma inmediata al emplearse, por lo que si la persona trabajó tres meses, o hasta menos, la empresa debe pagarle el monto que le corresponde por salario de Navidad.
El Gobierno dominicano anunció que este año 2022 los empleados del sector público recibirán el “doble sueldo” a partir del próximo lunes 6 de diciembre, siendo los pensionados, miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, los primeros en cobrarlo.
De igual forma, el Código de Trabajo Dominicano detalla que el pago del sueldo de Navidad deberá hacerse a más tardar el 20 de diciembre de cada año y al mismo no se le debe descontar ni un centavo por impuesto sobre la renta, gravamen, embargo u otras.